25/02/21

El Canal Denuncia se profesionaliza

El pasado 27 de enero finalizó el plazo de consulta pública sobre el texto final que debe regir en España.

Hasta ahora hemos tenido el Canal Denuncia obligatorio para los sujetos obligados en prevención de blanqueo de capitales y ciertos convenios, lo hemos adoptado voluntariamente, por decisión de las organizaciones, para los modelos de compliance o, mucho antes, para la prevención del fraude y/o el acoso. No obstante, en este ejercicio 2021 el Canal Denuncia vivirá un cambio e impulso definitivo mediante el que se profesionalizará y estandarizará para un gran número de organizaciones públicas y privadas.

El pasado 27 de enero finalizó el plazo de consulta pública para que personas e instituciones manifestaran su opinión en cuanto al texto final que debe regir en España acerca de la obligación de la tenencia de Canal Denuncia en la entidad y las características de su gestión, todo ello a causa de la necesaria transposición de la directiva europea de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión. En este caso, el regulador ha optado por solicitar opinión en torno a quince cuestiones agrupadas en ocho bloques, cuestiones derivadas, seguramente en su mayoría, de las reuniones mantenidas durante el mes de octubre y noviembre con los representantes de diversos grupos de interés.

En algún caso, estas cuestiones que planteaba el regulador, trataban de insistir en las directrices propias de la directiva, como si se deberían aceptar las denuncias anónimas en el sector público y privado. En otros casos, parecía ser ambicioso en su alcance cuando ha preguntado si en España debía asegurarse la existencia de canales denuncia en las entidades de menos de cincuenta trabajadores, ofrecer algún tipo de recompensa a los denunciantes o cuál debe ser el régimen sancionador por el incumplimiento de tenerlo implementado.

También había preguntas derivadas del debate actual sobre si hay que crear autoridades competentes para la recepción de estas. Es consecuencia de la coexistencia de autoridades emergentes, las ya existentes, y cuál debería ser la diferencia con las históricas que todos tenemos en mente cuando pensamos en una denuncia, instrucción y decisión judicial. Del conocimiento de la directiva, también ofrece pistas las preguntas que no se formulan, como quién podría interponer una denuncia, plazos de resolución, tipología de represalias que hay que evitar, etcétera.

Lo que está claro es que en las próximas semanas el Canal Denuncia adquiere un impulso definitivo para su existencia en casi todas las organizaciones, se profesionaliza en su aplicación o solución informática, recibe directrices concretas para su gestión y garantías.

A la vista de las indicaciones de la directiva, dejarán de tener validez los correos electrónicos o formularios en la web a la vista de quienes gestionan los servidores de correo en las compañías que garantizan, se exigirá formación específica en su gestión para las personas que trabajen en el proceso y habrá que dotar de medios y recursos que verdaderamente protejan a quien comunique una incidencia de buena fe. Aún así quedan muchas dudas en el aire que terminarán de concretarse en la fase parlamentaria y posterior realidad.

La profesionalización del Canal Denuncia se producirá también con las mejoras a las que podamos acogernos tras la próxima aprobación de la ISO 37002, con aportaciones como el preanálisis o triaje inicial, la comunicación que adquiere mucha importancia para el buen funcionamiento del canal y el control de la gestión para su mejora continua.

Precisamente, en el seno del VI Encuentro Cumplen, Asociación de Profesionales de Cumplimiento Normativo, durante los días 10, 11 y 12 de febrero, contaremos con un panel donde D. José Luis Piñar (presidente de la Sección Tercera, de Derecho Público, de la Comisión General de Codificación), D.ª Cristina Fabre (directora auditoría interna, cumplimiento y riesgos de Cepsa) y D. Enrique Javier Benítez Palma (consejero en Cámara de Cuentas de Andalucía) tratarán de arrojar luz en este camino de incertidumbre en el que ahora se encuentran muchas organizaciones públicas y privadas, a la vez que podremos compartir aprendizajes desde los éxitos y errores acumulados en nuestra experiencia.

Con todo esto, tendremos que seguir aprendiendo a gestionar las emociones de esta situación tan delicada, a investigar de manera eficaz y con discreción, a decidir de manera justa a efectos del denunciante, denunciado … y del juez de lo laboral, a gestionar el conflicto de interés, a integrar la protección de datos a lo largo del proceso, etcétera. Y es que, en la medida que el canal adquiere tanta relevancia, su gestión será una función en sí misma.

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